- El alumnado que haya aprobado todas las asignaturas o tenga, como máximo, dos suspendidas para septiembre, debe realizar la matrícula del 25 de junio al 7 de julio.
- Quien desee realizar reclamación sobre las notas, debe hacerlo en la secretaría del centro antes del martes 29 a las 13:00.
Normativa
ESO y Bachillerato
Orden de 3 de septiembre de 2016, por la que se regulan la evaluación y la promoción del alumnado que cursa las etapas de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y se establecen los requisitos para la obtención de los títulos correspondientes, en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 36.- Procedimiento para la presentación de reclamaciones respecto al proceso de evaluación y calificación.
1. En ambas etapas, el alumnado podrá reclamar, siempre por escrito, contra las decisiones y calificaciones académicas que se adopten en la evaluación final ordinaria como resultado del proceso de evaluación, conforme al procedimiento establecido en esta Orden. En caso de menores con incapacidad o de menos de 12 años, lo podrán hacer sus padres, madres o personas representantes legales, alegando alguno de los siguientes motivos:
a) La notable discordancia entre la implementación de las programaciones didácticas en el aula y la evaluación.
b) La incorrecta aplicación de los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje, recogidos en las programaciones didácticas de las distintas materias.
c) La notable discordancia que pueda darse entre los resultados de la evaluación final y los obtenidos en el proceso de evaluación continua desarrollada a lo largo del curso.
d) La incorrecta aplicación de otros aspectos contemplados en la presente Orden.
Formación profesional
Orden de 20 de octubre de 2000, por la que se regulan los procesos de evaluación de las enseñanzas de la Formación Profesional Específica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 17.- Derecho a la reclamación.
2. La reclamación de las calificaciones deberá estar basada en alguno de los siguientes supuestos:
a) Inadecuación de los instrumentos de evaluación (pruebas orales, escritas y prácticas, trabajos continuos en el aula o taller, trabajos puntuales, proyectos, etc.) propuestos al alumnado en relación con las capacidades terminales de los módulos profesionales y a los objetivos generales y capacidades actitudinales comunes del ciclo formativo.
b) Incorrecta aplicación de los criterios de evaluación establecidos.
c) Notable discordancia entre la calificación final y las parciales otorgadas anteriormente.